Un espacio de opinión crítica y constructiva sobre temas de interés nacional con un enfoque objetivo sin exclusión ni prejuicios de clases sociales, políticas, sexo o religión.

Juan Ramón Martínez

BICENTENARIO DEL MUNICIPIO DE DANLI

 Carlos Ernesto Molina Barahona


Este 8 de octubre del 2020, el actual municipio de Danlí, El Paraíso, estará arribando a su bicentenario de haber sido constituido como tal, producto de las disposiciones de la Constitución Política de la Monarquía Española, más conocida como la Constitución de Cádiz o la Pepa, la cual fue promulgada por las Cortes españolas el 19 de marzo de 1812 en España.

Si hacemos recordatorio, en 1812 por primera vez en la historia del imperio español incluyendo sus colonias estaría regido por una Constitución política. En Honduras específicamente en Tegucigalpa, la Constitución de Cádiz se juró el 13 octubre de 1812. Dicha constitución prescribía organizar Ayuntamientos Constitucionales. Danlí por cumplir con los requisitos organizo su Ayuntamiento Constitucional.

Para 1814 el Ayuntamiento Constitucional de Danlí, estaba formado por: José Narciso Roxas (Alcalde Constitucional) y los Regidores Andrés Cárcamo (1) Juan Antonio López (2) Vicente Ferrufino (3) Miguel Antonio Roxas (4) Pascual Cardona (5) y José Medina Valderas (6) Ramón Arriaga, Procurador y Diego Coello Naxera, Secretario.

De no haber habido interrupción de los Ayuntamientos constitucionales, la anterior corporación municipal de 1814 sería la primera en su género en Danli, pero esto se vio cortado ya que el 4 de mayo de 1814 el recién restaurado Rey de España Fernando VII decretó la disolución de las Cortes y derogo la Constitución de Cádiz, lo que dio pie a la reinstauración del absolutismo en España y sus colonias, quedando abolidos los Ayuntamientos constitucionales incluyendo el de Danlí.

Pero en 1820 termina de nuevo el absolutismo en España y se reinstaura la Constitución de Cádiz, la cual fue jurada el 10 de marzo por el Rey Fernando VII (obligado), quien emitió el 22 del mismo mes un decreto mediante el cual se convocaba a las cortes ordinarias de 1820 – 1821 en España, también giro el 24 de marzo unos instrumentos para elegir diputados en los territorios de ultramar, pero previamente tenían que elegirse los electores de parroquia, de partido y provincia.

La Constitución de Cádiz se juró el 16 de julio de 1820 en Tegucigalpa, la cual en su artículo 310, prácticamente obligaba a los pueblos de más de mil habitantes a organizar Ayuntamientos Constitucionales, por lo tanto Danlí tenía que organizar el suyo, para septiembre de 1820 el partido de Danlí estaba bajo un Régimen Pedáneo dirigido por alcaldes ordinarios, siendo Don Pedro Urbina el alcalde uno e Ylario Rivas alcalde dos, Marcelino Calderón regidor, León Medina Alguacil Mayor y Don Ramón Arriaga Teniente de Alcalde Mayor.

Fue así, como en septiembre de 1820 se le ordena al Teniente de Alcalde Mayor de Danlí, Don Ramón Arriaga, que instale el Ayuntamiento Constitucional de esta ciudad. El 3 de septiembre de 1820 se reunió a la mayoría de ciudadanos del Partido de Danlí, para elegir a los electores parroquiales, quienes elegirían posteriormente en Comayagua a las Juntas de Provincia y los Diputados a las Cortes españolas. Salieron electos con mayoría de votos los señores Don Simón Díaz y Don Pedro Vásquez.

El 24 de septiembre se reunió nuevamente a los ciudadanos de Danlí para elegir a los electores que elegiríán  el Ayuntamiento de Danlí. Saliendo electos por mayoría de votos Ignacio Medina, Domingo Valle, Benito Padilla, José Ferrufíno, Narciso Rojas, Diego Cuello, Vicente Ferrufino y Don Matías Niño. Estos electores se reunirían en fecha posterior para elegir el Ayuntamiento.

El 25 de septiembre las autoridades del Regimiento Pedáneo de Danlí, informaron al Alcalde Mayor de Tegucigalpa, Don Narciso Mallol, que una vez instalado el Ayuntamiento constitucional ellos cesaran en sus funciones para dar paso a las nuevas autoridades (desapareciendo de esta forma el Régimen Pedáneo en Danlí).

El 1 de octubre reunidos en la Casa Consistorial de Danlí, los electores que elegirían a la Corporación Municipal procedieron a la votación en forma secreta, el resultado de la elección fue la siguiente: Alcalde Constitucional el Teniente de Milicias Don Vicente Ferrer Idiáquez Bonilla, Diego Cuello, Secretario, Regidores Jose Ferrufino (1) Vicente Ferrufino (2) Miguel Antonia Rojas (3) Matias Niño (4) Domingo Valle (5) Francisco Tinoco (6) y Benito Padilla, procurador síndico. Las elecciones fueron aprobadas por el Alcalde Mayor de Tegucigalpa Don Narciso Mallol el 3 de octubre, dándole aviso al Teniente de Alcalde Mayor Don Ramón Arriaga.

Fue así, como el 8 de octubre de 1820 reunidos los ciudadanos danlidenses en la Casa Consistorial, el Teniente de Alcalde Mayor Don Ramón Arriaga en representación de Don Narciso Mallol procedió a juramentar según la prescripción de la Constitución Política de la Monarquía Española a las nuevas autoridades danlidenses quienes expresaron cumplir y hacer guardar lo que expresa la Constitución, y ser fieles al Rey, quedando de esta manera en posesión de sus cargos y constituido el Ayuntamiento constitucional. Al día siguiente el 9 de octubre se realiza la primera sesión del Ayuntamiento danlidense.

En diciembre del mismo año el Alcalde Mayor de Tegucigalpa ordena que se vuelvan a realizar las elecciones para el Ayuntamiento constitucional de Danlí, y en donde deben incluirse a los mulatos y pardos, a los cuales se les hizo saber el asunto y ellos dijeron que no eran necesarias nuevas elecciones ya que estaban de acuerdo con las autoridades que regían el Ayuntamiento.

Le correspondió a este mismo Ayuntamiento recibir los pliegos de la independencia de Centroamérica del 15 de septiembre de 1821 y también formar parte del imperio mexicano a partir del 5 de enero de 1822, y a finales de ese mismo mes organizan las milicias, y envían armas a Tegucigalpa. Danlí había salido del régimen colonial y entrado al periodo Republicano, de ahí a marchado paso a paso con altos y bajos como Ayuntamiento, , Alcaldía, Distrito Seccional y  Municipio. Constitucionalmente o no ha ido delimitando su territorio y construyendo su historia. VIVA EL BICICENTENARIO DEL MUNICIPIO DE DANLI, 8 DE OCTUBRE 1820 – 2020

 

Fuentes

-         Copias de actas municipales de Danlí 1820 – 1821

-         Constitución de Cádiz 1812

-         Enciclopedia Histórica de Honduras 



Share:

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Sobre el autor

Mi foto
Olanchito, Yoro, 1941. Realizó estudios de profesorado en Ciencias Sociales en la Escuela Superior del Profesorado y es licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras. Divulgador cultural y periodista de oficio, Juan Ramón Martínez Bardales es columnista del diario La Tribuna desde 1976, medio en el que también coordina los suplementos Tribuna cultural y Anales históricos. Además, mantiene una columna en La Prensa de San Pedro Sula y una semanal en la revista Hablemos Claro.